¿Qué debo saber sobre cobertura GES en Isapre?
GES y garantías explícitas
En Isapre, la cobertura GES obliga a la Isapre a cubrir la patología garantizada en la red GES que ella asigne, con copago máximo de 20% del arancel de referencia.
Explicación
Esta cobertura es independiente del plan complementario. Aunque el plan sea básico o tenga baja cobertura en cierta clínica, si se activa GES y se usa la red GES indicada, aplica el régimen GES.
Cómo funciona en la práctica
En la práctica, el usuario debe presentar el Formulario de Constancia GES o documento equivalente en la Isapre. Luego, la Isapre indica el prestador de su red donde debe atenderse.
Casos de uso
- Persona Isapre con diagnóstico GES.
- Usuario cuyo médico particular detecta una patología GES.
- Paciente que quiere usar una clínica distinta a la asignada.
- Cliente que no sabe si usar GES o su plan normal.
Excepciones y alertas
- Red GES no siempre es la clínica preferida.
- Debe existir activación formal.
- Prestaciones fuera del Decreto GES no quedan automáticamente cubiertas.
- El usuario puede optar por plan complementario, pero entonces no aplican garantías GES.
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