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¿Cuándo se devuelven los excedentes de Isapre?

Excedentes y usos permitidos

Las Isapres deben devolver anualmente los saldos acumulados de excedentes de cotización que mantengan sus afiliados al 31 de diciembre de cada año, conforme al proceso instruido por la Superintendencia.

Explicación

Además, la Superintendencia informó que en enero de 2026 se inició la devolución masiva de saldos de excedentes al 31 de diciembre de 2025, incluyendo devoluciones relacionadas con TUF y Ley Corta según los planes de pago aplicables.

Cómo funciona en la práctica

En la práctica, el afiliado debe revisar su cartola, datos bancarios, canales de pago, comunicación de la Isapre y si el saldo fue usado, devuelto o quedó pendiente.

Casos de uso

  • Afiliado con saldo acumulado.
  • Término de contrato.
  • Ley Corta/TUF.
  • Excedentes no usados al 31 de diciembre.

Excepciones y alertas

  • No todos tendrán devolución.
  • Debe existir saldo afecto a devolución.
  • La devolución no significa que sigan generándose saldos futuros.
  • Datos bancarios incorrectos pueden retrasar pago.