¿Puede un hijo mayor de 18 años seguir siendo carga?
Cónyuge, conviviente civil e hijos
Sí, los hijos, hijas, adoptados y adoptadas mayores de 18 años pueden seguir como carga hasta los 24 años si están solteros y cursan estudios regulares en enseñanza media, técnica, especializada o superior reconocida por el Estado.
Explicación
Esta continuidad no es automática para siempre. Normalmente requiere acreditar estudios y mantener el cumplimiento de los requisitos. Si deja de estudiar, se casa o cambia su situación, puede perder la calidad de carga.
Cómo funciona en la práctica
En la práctica, se debe presentar certificado de alumno regular, acreditar edad, estado civil y vínculo familiar, y revisar fecha de vigencia de la carga en Fonasa o Isapre.
Casos de uso
- Hijo universitario.
- Hija de 19 años en instituto técnico.
- Hijo de 23 años estudiando.
- Familia que actualiza cargas anuales.
Excepciones y alertas
- Debe estar soltero y estudiando.
- El límite general es hasta 24 años.
- Debe renovarse documentación si se exige.
- Si trabaja y cotiza, revisar si puede seguir como carga.
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