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¿Puede un hijo mayor de 18 años seguir siendo carga?

Cónyuge, conviviente civil e hijos

Sí, los hijos, hijas, adoptados y adoptadas mayores de 18 años pueden seguir como carga hasta los 24 años si están solteros y cursan estudios regulares en enseñanza media, técnica, especializada o superior reconocida por el Estado.

Explicación

Esta continuidad no es automática para siempre. Normalmente requiere acreditar estudios y mantener el cumplimiento de los requisitos. Si deja de estudiar, se casa o cambia su situación, puede perder la calidad de carga.

Cómo funciona en la práctica

En la práctica, se debe presentar certificado de alumno regular, acreditar edad, estado civil y vínculo familiar, y revisar fecha de vigencia de la carga en Fonasa o Isapre.

Casos de uso

  • Hijo universitario.
  • Hija de 19 años en instituto técnico.
  • Hijo de 23 años estudiando.
  • Familia que actualiza cargas anuales.

Excepciones y alertas

  • Debe estar soltero y estudiando.
  • El límite general es hasta 24 años.
  • Debe renovarse documentación si se exige.
  • Si trabaja y cotiza, revisar si puede seguir como carga.